Inicio: 17/12/2020
Fin: 17/12/2020
CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA Y RENOVACIÓN DE AUTORIDADES (PRIMER AVISO)
Se comunica a los Señores Asociados que a efectos de cumplimentar con lo establecido en los Arts. 27 al 33, Título X: DE LAS ASAMBLEAS del Estatuto del IARH, la Comisión Directiva del Instituto ha resuelto convocar a Asamblea Ordinaria y Renovación de Autoridades para el día 17 de diciembre de 2020 en forma presencial Rodriguez Peña 158 4º p. of. 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a las 18.30 hs. o bajo la modalidad virtual en caso de persistir el “aislamiento social preventivo y obligatorio” declarado mediante Decreto de Necesidad y Urgencia PEN 297/20 y sus sucesivas y eventuales prórrogas. En este último caso, la Asamblea se celebrará de manera remota mediante la plataforma digital Zomm, que garantiza la libre accesibilidad de los asociados con voz y voto, la transmisión simultánea con sonido e imágenes y la grabación de toda la reunión en soporte digital. Durante la Asamblea se procederá a la elección de los nuevos miembros de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas, la cual se renueva totalmente.
Los socios, de acuerdo al requisito establecido por la Inspección General de Justicia para dar validez a la Asamblea, deberán confirmar dentro de los 5 (cinco días) la recepción de la presente convocatoria por correo electrónico elecciones@iarh.org.ar
El reglamento de elecciones vigente que se adjunta a la presente aprobado por la Asamblea Ordinaria, establece que la elección se efectuará por votación secreta de los asociados habilitados para hacerlo en base a listas completas de los cargos a renovar. A estos efectos se ha fijado el día 30 de octubre de 2020 como fecha límite para la recepción de las listas.
La presentación de las listas, por escrito y con la firma de no menos de veinte (20) socios deberá ser efectuada por correo electrónico a la casilla elecciones@iarh.org.ar dirigida a:
Presidente del IARH
Ing.. Víctor POCHAT
En el caso de realizarse de manera presencial se designarán 2 (dos) asociados para que firmen el acta conjuntamente con el Presidente y el Secretario.- De celebrarse mediante videoconferencia, de acuerdo con la Resolución IGJ 11/2020, se autorizará al Sr. Presidente para que firme en el libro respectivo el acta grabada.
A solicitud de los interesados el IARH facilitará copia del listado de socios en condiciones de ser elegidos.
Reglamento de Elecciones de Miembros de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas:
(a) ARTICULO 1º.- La elección de los miembros de la Comisión Revisora de Cuantas, titulares y suplentes, se efectuará por votación secreta de los asociados habilitados para ejercer ese derecho. La
elección tendrá lugar en la Asamblea General Ordinaria anual.
(a) ARTICULO 2º.- La Comisión Directiva, por sí o a instancias de un número mínimo de veinte (20) asociados con derecho a voto, pondrá listas de candidatos en condiciones de ser elegidos a los cargos que corresponda renovar. La Comisión Directiva deberá incluir en dicha nominación toda lista, que hasta con sesenta días de anticipación a la elección se le someta por escrito, firmada por no menos de veinte (20) asociados, ya sean activos, vitalicios o colectivos.
(b) ARTICULO 3º.- La Comisión Directiva convocará a la Asamblea General Ordinaria y remitirá –con la anticipación fijada en el Artículo 29º del Estatuto- una copia de este Reglamento, boletas con la transcripción de cada una de las listas de candidatos que se mencionan en el Artículo 2º, y dos sobres: uno de ellos dirigidos al Presidente del Instituto, con la palabra Elección impresa en uno de sus ángulos; el otro en blanco.
(c) ARTICULO 4º.- El asociado deberá colocar la boleta que elija dentro del sobre blanco, no permitiéndose firma o señal que pueda violar el secreto del voto. El sobre en blanco cerrado y con boleta en su interior, se colocará dentro del otro sobre, que se cerrará y firmará. Llenados estos requisitos, el asociado podrá remitir su voto por correo, a través de terceros o entregarlos
personalmente hasta el momento de apertura de la Asamblea.
(d) ARTICULO 5º.- La Asamblea designará una Comisión Escrutadora compuesta por tres asociados presentes para fiscalizar la recepción de los votos. Dicha Comisión verificará la autenticidad de cada sobre recibido y si el asociado respectivo reúne las condiciones para votar, luego procederá a extraer los sobres interiores que contienen las boletas, depositándolos en una urna. Los sobres exteriores se empaquetarán y sellarán. Se hará constar en el acta el número de votos depositados en la urna y los que por haber sido observados no hubiesen sido introducidos en ella. Los sobres exteriores se conservarán hasta la próxima Asamblea General Ordinaria.
(e) ARTICULO 6º.- La Comisión Escrutadora computará los votos que obtenga cada lista y labrará un acta que –firmada por todos sus miembros- se entregará al Presidente de la Asamblea para la proclamación de los electos.